LICENCIA POR PATERNIDAD

El presente beneficio aplica a todo colaborador que será padre.

¿Cómo funciona?

• El trabajador debe comunicar a su supervisora 3 días antes.
• El trabajador debe indicar la fecha probable de parto de su menor hijo (a).


¿Cuáles son los tipos de licencia?

• Desde el día de nacimiento
• Desde el día de la hospitalización de la madre
• Desde el día de alta médica


¿Cuál es el requisito?

•Presentar acta de nacimiento por la RENIEC

LICENCIA POR FAMILIAR GRAVE

El presente beneficio es un permiso laboral, se concede a los colaboradores para cuidar a un familiar directo en estado grave o terminal como: PADRES, HIJOS Y CONYÚGUES.

¿Cuál es el beneficio?
• Se otorgan 7 días con goce de sueldo.

¿Cuál es el requisito?
• Presentar constancia de hospitalización del familiar.

LICENCIA POR FALLECIMIENTO

El presente beneficio aplica si fallece alguno de los siguientes familiares: CONYUGUE, HIJOS, HERMANOS Y PADRES.

¿Cuál es el beneficio?
• 5 días de permiso pagado, solo si el fallecimiento sucede en la misma ciudad.
•7 días de permiso pagado, solo si el fallecimiento sucede en otra ciudad o provincia.

¿Cuál es el requisito?
• Presentar acta de defunción del familiar fallecido 

    * Para más información contáctate con:

    Indira Ramos

    Coordinadora de Bienestar

    Zulema Torres

    Trabajadora Social

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